Evaluación Psicológica y Práctica Pericial – I

Considero de gran relevancia la «GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE Y LA PRÁCTICA PERICIAL (2014)», publicada por el Grupo de trabajo e investigación de la sección de Psicología Jurídica y Forense del COPC (Colegio Oficial de Psicología de Cataluña).

Que en su Introducción y Propósito de la Guía dice …

La intervención de los peritos en España está regulada actualmente por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), en la reforma del 2000 vigente desde enero del 2001, concretamente en la Sección 5ª del libro II, en los artículos 335 al 352.

Como señala la LEC, la intervención del psicólogo en el contexto judicial se produce en base a su concepción de auxiliar de la justicia, es decir, para ofrecer al Juez la información que nos solicita y que se deriva de conocimientos propios de nuestra disciplina, que él no conoce y que necesita para dilucidar la demanda. Ésta es una de las tareas de los psicólogos más cargadas de responsabilidad ya que, tal y como señalan Butcher y Pope (1993), los resultados producto de la evaluación forense pueden influir, y en algunos casos determinar, si a alguien se le otorga o no la custodia de sus hijos, si será obligado o no a pagar por los daños causados a otro litigante, si volverá a su casa desde la Sala de vistas, o si pasará años en prisión. Ello tiene también su expresión en las reglas de funcionamiento profesional, ya que los informes periciales constituyen el motivo de la mayoría de quejas ante las comisiones deontológicas de los Colegios Oficiales de Psicólogos, constituyéndose en un factor de riesgo muy particular en esta área de la profesión.

El propósito fundamental de esta Guía es exponer a los profesionales de la psicología que intervienen en los procedimientos judiciales, los principios básicos y fundamentos para la correcta praxis en el ámbito judicial y para la elaboración de informes periciales.

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TRASTORNOS DEL SUEÑO I

Es de reseñar el artículo de «Trastornos del sueño durante la Adolescencia», cuyos autores son G. Pin Arboledas, M. Morell Safort, L. Mompó Marabotto y M Merino Andreu; en Adolescere 2013; I (3): 29-66.

Introducción

El sueño es un estado biológico que aparece de forma cíclica y está caracterizado por una reducción de la interacción con el entorno, que es reversible. Existen 2 tipos de sueño, con episodios en los que existen movimientos oculares rápidos (sueño REM) o carecen de estos movimientos (sueño NREM). El sueño juega un papel fundamental en muchas esferas del desarrollo del adolescente como la conducta, el rendimiento escolar y el crecimiento y sus alteraciones a esta edad son muy frecuentes, afectando al propio paciente y a su entorno familiar. Según la clasificación internacional de trastornos de sueño vigente, existen 88 trastornos de sueño, que se clasifican en 6 grandes grupos:

1. Insomnios.

2. Hipersomnias (narcolepsia, síndrome de Kleine-Levin, etc).

3. Parasomnias (sonambulismo, pesadillas, etc).

4. Trastornos respiratorios relacionados con el sueño (ronquido, síndrome de apneas-hipopneas de sueño o SAHS).

5. Trastornos del ritmo circadiano del sueño (Jet-lag, síndrome de retraso de fase, etc).

6. Trastornos de movimiento relacionados con el sueño (síndrome de piernas inquietas, movimientos rítmicos relacionados con el sueño, bruxismo, etc).

A continuación se van a comentar en diferentes temas los trastornos del sueño más frecuentes o más relevantes por su gravedad durante la adolescencia: Insomnio, trastornos respiratorios del sueño y Otros trastornos donde se incluyen las hipersomnias, parasomnias, trastornos del ritmo circadiano y del movimiento relacionados con el sueño.

El insomnio del adolescente

Resumen

El sueño durante la adolescencia sufre importantes cambios tanto de origen biológico como conductual y sociológico siendo el más importante el retraso de fase.

El insomnio en el adolescente es frecuente y tiene consecuencias en su conducta y rendimiento escolar.Un adecuado diagnóstico diferencial es básico. Mejorar la higiene de sueño, la terapia conductual y el uso de la melatonina son las herramientas básicas para su tratamiento.

ACOSO SEXUAL LABORAL – 1

Es muy interesante, el artículo de Rocío Pérez Guardo, Universidad de Valladolid, publicado en
Athenea Digital – 12(2): 199-219 (julio 2012) -TESISTECA- ISSN: 1578-8946.

El acoso sexual laboral es la temática principal de este estudio, realizado atendiendo a la necesidad de aportar más conocimientos sobre una realidad de indudable interés y relevancia que se constituye como un importante problema en el mercado laboral.

A partir de la información extraída de una investigación actualmente en curso, el texto presenta y analiza las múltiples limitaciones con las que se encuentran diversos/as profesionales e investigadores/as cuando tratan de aportar información cuantitativa sobre el fenómeno. A través del conocimiento de estos obstáculos se puede avanzar en la complicada tarea de delimitar y medir el acoso sexual laboral, bien a través de prácticas de mayor transparencia informativa, o bien a través de las decisiones metodológicas que se tornen más adecuadas.